El reconocimiento de los derechos humanos no sucedió de la noche a la mañana, por el contrario, es el resultado de luchas y revoluciones a lo largo de la historia. Ya desde el año 1760 a.C en la antigua Mesopotamia, se crea el primer código con leyes escritas. En el año 539 a.C, Ciro el Grande da su entrada a Babilonia en el cual promulgó importantes decretos, como la liberación a los esclavos, otorgó la libertad de culto y estableció la igualdad racial.
En el año 1215 d.C, el Rey Juan de Inglaterra, fue forzado a firmar la carta magna que enumera algunos derechos tales como, el tener que heredar propiedades, la justicia y el habeas corpus para los ciudadanos. Entre los años 1789 y 1791 surgieron dos documentos de gran importancia en la historia de los derechos humanos, el primero fue en Francia como consecuencia de la revolución francesa y se le conoce con el nombre de declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, es decir que todos los seres humanos nacemos libres e iguales, el segundo, fue emitido en 1791, que surgió como consecuencia en la independencia de los EE.UU el cual entra en vigor con la carta de derechos que protege entre otros, la libertad de expresión, la libertad religiosa, el derecho a ser juzgado en audiencia frente a un tribunal, los abusos, persecuciones y asesinatos masivos durante la segunda guerra mundial, puesto que la humanidad nunca había experimentado la muerte y la destrucción a una escala tan excesiva.
Esto llevó a cabo la decisión de retomar una de las ideas más principales de la ilustración, que son los derechos humanos, lo cual provocó cambios a finales de 1945 en el que se funda la organización de las naciones unidas y ya en 1948 su asamblea general aprueba y proclama acción universal de derechos humanos para que así acaben con la corrupción y la violencia. (Acnur; 2016)
En el presente texto, veremos que son los derechos humanos y su importancia en general, así mismo, se hablarán y presentaremos los 30 derechos universales que toda persona debe de conocer y manejar.
¿Qué son los derechos humanos?
Los derechos humanos son el criterio para reconocer y proteger la dignidad de todos los seres humanos, se caracterizan por ser universales. (unicef, 2015)
Estos derechos regulan la forma en que los individuos viven en la sociedad y mantienen relaciones entre sí, como también obligaciones con ellos. Un derecho son todas aquellas libertades que se han brindado por el hecho de solo ser personas, el cual responde siempre a la justicia, por ejemplo, el derecho a la salud, a la alimentación, educación y entre otros.
Estos derechos regulan la forma en que los individuos viven en la sociedad y mantienen relaciones entre sí, como también obligaciones con ellos. Un derecho son todas aquellas libertades que se han brindado por el hecho de solo ser personas, el cual responde siempre a la justicia, por ejemplo, el derecho a la salud, a la alimentación, educación y entre otros.
Según La ONU los derechos humanos son todos aquellos inherentes a las personas, eso quiere decir que nos da la posibilidad de ser iguales ante la ley, y a tener derechos individuales como la libertad de expresión, libertad de religión, derecho a la vida, etc, eso quiere decir que aunque cada derecho es individual dentro de un mismo círculo de derechos, la aplicación de uno usualmente garantiza la aplicación de otro u otros; son igualitarios y no discriminatorios, ya que se aplican a todos los seres humanos sin distinción alguna; sin embargo hemos visto a lo largo de los años que mayormente no son respetadas a causa de la corrupción del gobierno de cada país, pero los derechos humanos no son más que palabras o leyes, sino que su valor también está en llevarlos en práctica a favor de la sociedad.
Ahora bien, haremos mención de la importancia y utilidad de los derechos humanos. Estos ayudan a establecer normas y parámetros internacionales de la vida civil que se aplican a todos los ámbitos de la vida, basados en las condiciones básicas, universales y únicas que todos tienen y necesitan.
30 Derechos Humanos universales
Como lo mencionamos anteriormente, La declaración de los derechos humanos sucedió en 1948 en París, tras la Segunda Guerra Mundial, la lista de los derechos humanos universales está recogida en los treinta artículos que presentó la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas. La misión final de esta Declaración de la ONU es promover y proteger los derechos humanos con el objetivo de lograr la libertad, la justicia y la paz para toda la humanidad, respetando cada uno de sus derechos. A continuación les mencionamos los 30 derechos universales declarados en 1948.
1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
2. Todas las personas somos iguales sea cual sea nuestro origen, etnia, color, sexo, idioma, religión, opinión política o cualquier otra condición.
3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a su seguridad personal.
4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre.
5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica: es decir, ser tenido en cuenta por las leyes nacionales e internacionales.
7. Todos somos iguales ante la ley y tenemos, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.
8. Todos tenemos igual derecho a protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
9. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
10. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
11. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
12. Toda persona acusada de delito tiene derecho a la presunción de su inocencia.
13. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación.
14. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
15. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
16. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
17. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de etnicidad, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
18. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
19. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
20. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
21. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
Y también al derecho a participar en política directamente o mediante representantes, a seguridad social, y a la satisfacción de sus derechos económicos, sociales y culturales indispensables, al trabajo y a la libre elección de este, así como al descanso y al tiempo libre.
26. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado.
27. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad.
28. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
29. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados.
2. Todas las personas somos iguales sea cual sea nuestro origen, etnia, color, sexo, idioma, religión, opinión política o cualquier otra condición.
3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a su seguridad personal.
4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre.
5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica: es decir, ser tenido en cuenta por las leyes nacionales e internacionales.
7. Todos somos iguales ante la ley y tenemos, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.
8. Todos tenemos igual derecho a protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
9. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
10. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
11. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
12. Toda persona acusada de delito tiene derecho a la presunción de su inocencia.
13. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación.
14. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
15. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
16. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
17. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de etnicidad, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
18. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
19. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
20. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
21. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
Y también al derecho a participar en política directamente o mediante representantes, a seguridad social, y a la satisfacción de sus derechos económicos, sociales y culturales indispensables, al trabajo y a la libre elección de este, así como al descanso y al tiempo libre.
26. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado.
27. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad.
28. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
29. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados.
Redactado por Akemy Lopez Lezma
Fuentes consultadas
España, A. I. (s. f.). ¿Qué son los derechos humanos? Amnistía Internacional Sección Española. Recuperado 15 de agosto de 2021, de https://www.es.amnesty.org/en-que-estamos/temas/derechos-humanos/
Unidos por los Derechos Humanos (s. f.) Artículo 1 al 15 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. La declaración de los derechos universales en las Naciones Unidas. Recuperado 15 de agosto de 2021, de https://www.jovenesporlosderechoshumanos.mx/what-are-human-rights/universal-declaration-of-human-rights/articles-1-15.html


4 Comentarios
Conciso y entendible, muy buen artículo 😃
ResponderBorrarQue buen artículo! M encantó este tema y la manera en que lo explican :D
ResponderBorrarMe parece interesante, que aborden estos temas que son de gran importancia. Buen artículo! :)
ResponderBorrarQUE HERMOSOOO 10/0, MIS FELICITACIONES <3
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