La ética en su definición más sencilla es el conjunto de normas morales que van a regentar nuestra conducta. Eso es a lo que conocemos en pocas palabras como la “ética universal”, pero ¿Qué pasa con la ética personal? Es decir de aquella a la que somos libres de adoptar según nuestras creencias, principios, religión y diversas características por las que no podemos encasillarnos en una sola normativa. Es cierto que la ética es ambigua y no puede pre establecerse para todo ser humano sobre la faz de la tierra; sin embargo nos hemos preguntado alguna vez ¿Por qué existe una ética laboral? ¿Por qué esta ética si está preestablecida mediante ciertos códigos? Pues es de lo que en esta oportunidad vamos a tratar, y para hacerlo optamos por ejemplificar, aplicándolo al cumplimiento de ésta en la labor de un comunicador social.


Ética Laboral


Para empezar a tratar sobre la ética laboral es necesario que nos respondamos la pregunta ¿Qué es? pues como se hizo mención anteriormente, la ética es un conjunto de normas y valores morales. Pero cuando hablamos de una ética laboral las normas a las que nos referimos son aplicadas a un sector laboral establecido, las cuales deberán ser ejercidas y respetadas mientras se esté desempeñando dicho cargo. Esta definición se podría entender en otras palabras como las pautas que van a generar una buena convivencia en el área laboral, de manera que contribuya a seguir hábitos correctos y encaminar a dicha área a una armonía social.



Código deontológico del comunicador social


Por otro lado, es importante recalcar que existen principios establecidos para los diferentes sectores laborales, los cuales se van a regir por un código deontológico o también llamado código internacional, mismo que será aplicado según los criterios que se requieran ejercer en el desempeño de las diversas profesiones. En este caso al referirnos a la ética laboral aplicada en un comunicador social, podemos tomar cómo referencia a los profesionales en periodismo, pues este al tener cómo función principal el manejo y difusión de información, lo cual le otorga un poder importante sobre ella, no solo goza de disponer de dicha información según su criterio, sino que lleva consigo un conjunto de normas y filtros que deberá cumplir para que su labor como periodista se considere apta para su profesión y la responsabilidad que tiene con toda una sociedad.


En 1983, durante el IV encuentro Consultivo de Organizaciones Internacionales y Regionales de Periodistas se estableció el “Código internacional de Ética periodística” en la cuál participaron diversas organizaciones y federaciones especializadas en dicha profesión. El propósito principal para constituir dicho código, fue el de generar una reflexión cuando el cargo de comunicador social sea ejercido.

También es importante señalar que al requerir el cumplimiento del código en mención, este no funciona como una ley o decreto jurídico, sino por el contrario se busca que pueda actuar como un instrumento que guiará la conciencia moral de cada profesional de comunicación social, de manera que conozca y entienda cuáles son las conductas que hacen de su profesión una labor importante y a su vez se considere de cuantioso valor.

En el encuentro que se hizo mención con anterioridad, las instituciones competentes se encargaron de realizar la recopilación de una serie de fundamentos propios de los profesionales en periodismo, estos fundamentos se encargarían de regularizar la conducta y el accionar de dichos profesionales, velando de esa forma por la labor íntegra de ellos. Por otro lado también se hizo hincapié de que lo establecido en el código deontológico debería ser aplicado tanto para los profesionales que ejerzan dicha carrera, cómo también a los estudiantes que están siendo instruidos para ocupar esos cargos en un futuro. 

Este código deontológico engloba fundamentos desde el derecho a la información verídica y  tener un punto de vista objetivo, hasta evitar la incitación de guerras o conflictos que conlleven a la violencia u otras acciones negativas.


Principios Generales

En el campo de la comunicación social, conocemos principios generales como lo son la búsqueda de la verdad, la cuál en base a este ámbito laboral se caracteriza por ser una actividad constante, es decir que dicho profesional se mantiene perseverante en la búsqueda de información que le va a permitir trabajar en una investigación de calidad y a partir de ello obtener un análisis que lo permita visualizar la situación desde diferentes ángulos, y llegar de esa forma a la verdad absoluta. Además de ser esta la obligación de todo comunicador social, el adquirir nuevos conocimientos o el querer conocer e indagar para ahondar en un tema en específico, es una característica propia o común de toda persona que se dedique o se instruya para ocupar un cargo en dicho ámbito. Pues la finalidad de una persona con el perfil para comunicador social es el de buscar, informar, analizar, ser constante y perseverante de manera que no se conforme con lo llega a encontrar con prontitud, ya que al ser el pilar de sus funciones el velar por la mejora de la sociedad, estas características y requisitos se han de cumplir en su totalidad.


Otro principio de todo comunicador social es el de tener una visión y opinión objetiva, lo cuál le permitirá mantener una postura imparcial al momento de emitir algún mensaje, comunicado, información o análisis. De esta forma el profesional evita la intromisión de factores externos e internos que afecten al entendimiento o interpretación de lo que se transmita. Sin embargo, uno de estos factores importantes que existe en la actualidad es la evolución y desarrollo de la tecnología, el cual de cierto modo ha llegado a repercutir en dichos principios, generando así que los profesionales e incluso las grandes instituciones u organizaciones de comunicadores sociales, omitan un principio importante que es el de la libertad responsable, este principio se ve afectado debido a la instantánea obtención de información la cual es proporcionada en su mayoría de veces sin ningún esfuerzo por los medios tecnológicos. Este proceso o “estrategia” ha ocasionado que la certificación y verificación de dicha información pase a un segundo plano, es decir que su nivel de importancia descienda.

Relación de la ética laboral y los DD.HH.

Este hecho genera que la principal función de la ética que rige a esta profesión sea rechazada y olvidada. Los principios a los que se hizo referencia en párrafos anteriores fueron instituidos con la finalidad de que la responsabilidad principal de todo comunicador social se mantenga, se cumpla y oriente hacia los fundamentos éticos que rigen a toda una sociedad, con la intención de promover, defender, practicar y hacer cumplir “Los Derechos Humanos”, teniendo en cuenta que,

El derecho a la información contempla las facultades del informador y las del informado. El informador tiene derecho a investigar, a difundir y publicar informaciones y opiniones, a no ser censurado de ninguna forma, a contar con los instrumentos técnicos para el ejercicio adecuado de estos derechos, a que el mensaje sea transmitido en su integridad, a acceder a las fuentes, al secreto profesional y a la reserva de las fuentes, a la cláusula de conciencia. (Amado Suárez, 2010, p.158)

Al ser este un derecho que podría atribuirse con aún más responsabilidad a este ámbito profesional, todo comunicador social está obligado a velar por su cumplimiento, de manera que por considerarse un derecho público y reconocer que el informador cuenta con el derecho de seleccionar a libre albedrío la información que haga pública ante una sociedad, este también recae bajo la indicación de pasar por diversos filtros que permitirán que dicha publicación sea factible y respalde lo que su profesión promueve.

Todo comunicador al mantenerse bajo el código deontológico de su profesión, establece el cumplimiento de diversos parámetros con la finalidad de que los derechos que defiende y los valores que promueve, contribuyan a desempeñar una labor íntegra apoyada en la conciencia ética que desarrolla en la ejecución de su carrera profesional. En nuestro país, diversas instituciones comparten el código internacional impuesto por la UNESCO; sin embargo, hay quiénes señalan o resumen los fundamentos instituidos en él, como es el caso de El Colegio de Periodistas del Perú, el cual señala que "el periodista y/o comunicador social deben estar siempre comprometidos con la verdad, la justicia social, el respeto a los derechos humanos y la paz social".

En síntesis, como se señala en párrafos anteriores, el instruirse para convertirse en un comunicador social requiere de compromiso y respeto por los derechos humanos, pues al ejercer un cargo como profesional de dicha profesión está accediendo a prestar un servicio tenaz fundamentalmente para toda una sociedad. La presencia de un código ético en la ejecución de cualquier profesión es indispensable, debido a que las funciones que una persona debe cumplir dentro de ella no solo repercuten en su vida laboral, sino que también modifica y logra involucrarse en su vida diaria. Por ello y para que el profesional conozca cómo distinguir y separar lo que suceda en ambas, es que se evalúan y se instituyen ciertos parámetros vinculados a valores específicos como la honestidad, responsabilidad y justicia. De manera que pueda ejercer sus actividades laborales priorizando cumplir con las pautas que se imponen en cada ámbito determinado de su vida para favorecer un ambiente laboral adecuado.

Redactado por Linda Marcial Franco

Referencias bibliográficas

Amado, A. (2010). Prensa y Comunicación. Buenos Aires: La Crujía.

Hurel Andrade, T. (2016). El valor de la ética en el ejercicio periodístico. [Trabajo de Grado, Universidad Politécnica Salesiana]. https://dspace.ups.edu.ec/handle/123456789/11953

Marco normativo – Colegio de Periodistas del Perú. (28 de abril de 2015). CPP. https://cpp.pe/marco-normativo/

Rozo Guerrero, J. (2009). Ética periodística como actitud del comunicador social “Ensayo”. [Trabajo Fin de Grado, Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD]. https://repository.unad.edu.co/handle/10596/1846

Tablado, F. (14 de abril de 2021). Ética profesional. Definición, funciones y ejemplos. Grupo Atico34. https://protecciondatos-lopd.com/empresas/etica-profesional/